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¿Conoces cómo beneficiarte?

Durante los últimos años se han puesto en marcha varios beneficios económicos para las familias con hijos matriculados en escuelas infantiles, basados siempre en el incremento de las deducciones y desgravaciones fiscales por gastos relacionados con la educación, la financiación, ayudas a las familias y el fomento de la natalidad.

DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD PARA MADRES TRABAJADORAS:

Hasta 1.200 euros anuales por hijo menor de 3 años

DEDUCCIÓN DE MATERNIDAD POR GASTOS EN CENTROS EDUCATIVOS (Modelo 233)

:Por cada uno de sus hijos menores de tres años podrán minorar la cuota diferencial de su IRPF hasta en 1.000 euros anuales cuando satisfagan gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Los gastos incluidos son los de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación siempre que se hayan producido por meses completos. No se cobra por adelantado sino cuando se presenta la declaración de la renta. Es compatible con la deduccion de madre trabajadora.



CHEQUE ESCOLAR BECAS 0-3 AÑOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Son becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada, como Sonrisas, la dotación de las becas, normalmente, será de 1.463 euros, a razón de 133 euros por cada uno de los meses comprendidos en el período de septiembre a julio, ambos inclusive. Se puede solicitar sólo durante un periodo al año, cuando sale el plazo y suele ser entre febrero y abril.


DEDUCCIÓN IRPF POR GASTOS EDUCATIVOS MADRID:

Para contribuyentes con residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Madrid se aplica también una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por gastos educativos por los conceptos de escolaridad y uniformes de los alumnos en las etapas correspondientes a Educación Infantil (se incluye como novedad este año también al primer ciclo de  Educación Infantil),

Las familias podrán deducir los siguientes porcentajes:

  • 15 % de los gastos de escolaridad.
  • 10 % de los gastos de enseñanza de idiomas.
  • 5 % de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.

En el caso de hijos o descendientes que cursen durante el ejercicio estudios del primer ciclo de Educación Infantil, el límite al que se refiere el párrafo anterior será de 1.000 euros por cada uno de ellos.

Dicha base de deducción se minorará en el importe de las becas y ayudas obtenidas de la Comunidad de Madrid o de cualquier otra Administración Pública que cubran todos o parte de los gastos citados.


LÍMITES: Sólo tendrán derecho a la aplicación de esta deducción aquellos contribuyentes cuya base imponible (suma de la base imponible general y la del ahorro), junto con la correspondiente al resto de miembros de su unidad familiar, no supere la cantidad en euros correspondiente a multiplicar por 30.000 el número de miembros de dicha unidad familiar (ejemplo: en un matrimonio con un hijo su base imponible no puede exceder de 90.000 €).

Ticket de beneficios de las empresas: podéis beneficiaros de la retribución flexible (ticket guardería) solicitando a vuestra empresa descontando el importe de la nómina. Esto supone que esas cantidades abonadas estarán exentas de tributación del IRPF y reducen el importe de Rendimiento Neto del trabajo generando un ahorro fiscal. En Sonrisas aceptamos todos los cheques empresa.

Como veis si al final del año echais las cuentas de todo lo que os podeis ahorrar por pagar las cuotas de la escuela, comprobareis que quizas son tres e incluso cuatro mensualidades de ahorro en el computo de un año.

FUENTE: bebeymujer.

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